● Oficio dirigido al oficial encargado del Registro Civil girado por el juez, acompañado de los siguientes documentos:
● Resolución judicial que declare la disolución del vínculo matrimonial.
● Así como el auto en que causa estado la sentencia.
● Acta de matrimonio registrada en este municipio (copia Certificada).
Y conforme a la reforma del Art. 146 del Código Civil del Estado, este divorcio sólo se podrá inscribir en la oficialía donde se llevó a cabo el matrimonio civil.