● Certificado de defunción (expedido por el centro de salud y por el médico tratante).
● Original y copia de acta de nacimiento, credencial, y CURP del (la) finado (a).
● En caso de ser muerte violenta, se deberá anexar el oficio del dictamen de necro cirugía y la copia del oficio del agente del ministerio público.
Nota: Este registro deberá realizarse en las primeras 24 horas de ocurrido el fallecimiento como mínimo y un máximo de 48 horas según sea el tipo de defunción.